Trámites Frecuentes

Permiso por docencia

Permiso por docencia

De acuerdo al artículo 8°, de la Ley N° 19.863, se establece que los funcionarios públicos pueden desarrollar actividades docentes durante la jornada laboral. Para el caso del personal contratado a honorarios, regirá lo establecido en dicho convenio.
• Se debe recuperar la totalidad de las horas no desempeñadas en el cargo
• La recuperación de horas será establecida de acuerdo a las modalidades que determine la jefatura directa y de RRHH.
• Máximo de 12 horas semanales de docencia

Procedimiento
Permiso con goce de sueldo

Permiso con goce de sueldo

Los trabajadores del ministerio tienen derecho a seis días (o proporcional en caso de honorarios), con goce de remuneraciones, para ausentarse de la jornada laboral por temas personales.
• Los días se pueden fraccionar en medias jornadas de mañana o tarde
• No es posible utilizar un día administrativo como para justificar una ausencia injustificada
• No es posible realizar horas extra durante el tiempo de permiso administrativo
• La solicitud debe ser dirigida a la jefatura directa y esta debe ser autorizada antes de la ejecución del permiso.
• Si los días administrativos no son solicitados durante el año, estos se pierden. No es posible acumularlos para el año siguiente ni compensarlos en dinero.

Para solicitar permiso con goce de sueldo ingresa aquí

Procedimiento
Permiso sin goce de sueldo

Permiso sin goce de sueldo

Los trabajadores a contrata y a honorarios pueden solicitar permisos sin goce de sueldo para ausentarse de sus labores por motivos personales.
• En caso de personal titular y a contrata, pueden optar hasta seis meses durante el año, y dos años para permanecer en el extranjero.
• Los trabajadores a honorarios, podrán optar a 30 días sin goce de honorarios (de acuerdo a convenio).

Para solicitar permiso sin goce de sueldo ingresa aquí

Procedimiento
Postergación de Feriados

Postergación de Feriados

De acuerdo al artículo N°104, de La ley 18.834 – Estatuto administrativo, se contempla la posibilidad de que los feriados disponibles puedan traspasarse y acumularse para el año siguiente. Tips:
• Previamente informar a la jefatura directa la intención de hacer el traspaso de feriados
• Se debe realizar una solitud de feriado, la que debe ser rechazada por la jefatura. Esto para contar con respaldo a la posterior solicitud de postergación.
• Sólo se debe utilizar le módulo web para estas solicitudes.

Para realizar una solicitud de postergación de feriado ingresa aquí

Procedimiento
Licencia Médica

Licencia Médica

La licencia médica tiene por objeto autorizar el derecho de ausencia o la reducción de la jornada laboral del trabajador cuando tiene una enfermedad o ha sufrido un accidente que amerita reposo o tratamiento por un tiempo determinado.

• La licencia médica se debe presentar en Recursos Humanos hasta 3 días hábiles después del inicio del reposo.
• La licencia queda retenida en el Ministerio, entregando al trabajador un comprobante de recepción.
• En caso de que la institución de salud esté conectada al sistema de Licencia Médica Electrónica, el funcionario no debe llevar el documento a RRHH, ya que el proceso se realiza automáticamente vía e-mail.

Procedimiento
Licencia médica trabajadores a honorarios

Licencia médica trabajadores a honorarios

Los convenios a honorarios contemplan el reconocimiento de las Licencias médicas como un instrumento que justifica la inasistencia del contratado y, de cumplir con el pago de las cotizaciones según lo establecido en el convenio, se realizarán liquidaciones de la diferencia entre lo otorgado por la institución de salud y el convenio a honorarios. De igual modo, se respeta el derecho a no cotizar, pero solamente se justificará la inasistencia y se realizaran los descuentos correspondientes.

Procedimiento
Conciliación y Familiar

Conciliación y Familiar

Es un conjunto de iniciativas, permisos y beneficios que se establecen en las organizaciones en concordancia con la normativa vigente, para lograr un equilibrio entre la vida y trabajo del funcionario/a y el personal a honorarios. Permitiendo el desarrollo de la persona en los ámbitos personal, familiar y laboral.

Beneficios personal contrata:
1. Banco de tiempo libre
2. Flexibilidad horaria
3. Actividades de integración familiar/laboral
4. Descanso complementario por capacitación
5. Derecho de Sala Cuna
6. Beneficio Jardín Infantil
7. Protección a la maternidad
8. Permisos
9. Afiliación voluntaria a bienestar de la presidencia

Procedimiento
Conciliación y Familiar Honorarios

Conciliación y Familiar Honorarios

Es un conjunto de iniciativas, permisos y beneficios que se establecen en las organizaciones en concordancia con la normativa vigente, para lograr un equilibrio entre la vida y trabajo del funcionario/a y el personal a honorarios. Permitiendo el desarrollo de la persona en los ámbitos personal, familiar y laboral.

Beneficios personal a honorarios
1. Flexibilidad horaria
2. Actividades de integración familiar/laboral
3. Descanso complementario por capacitación
4. Derecho sala cuna
5. Protección a la maternidad
6. Permios
7. Feriado legal
8. Licencias medicas

Procedimiento
Código de Ética

Código de Ética

Es la guía de principios, valores y conductas de este ministerio. Aporta un marco de referencia sobre cómo actuar frente a situaciones que puedan atentar contra la ética, buen funcionamiento y labores de la institución.

¿Qué compromisos tiene el Ministerio con sus funcionarios y funcionarias y/o jefaturas del mismo?
• Relaciones de respeto entre funcionarios y funcionarias y/o jefaturas del Ministerio
• Rechazo a la discriminación
• Rechazo al acoso sexual
• Rechazo acoso laboral

¿Qué compromisos tienen los funcionarios con el Ministerio?
• Uso adecuado de los bienes de la institución
• Utilizar la jornada laboral exclusivamente para estos fines
• Evitar conflictos de interés
• Rechazo al tráfico de influencias
• Correcto uso de información privilegiada

Procedimiento
Accidentes Laborales

Accidentes Laborales

En caso de sufrir un accidente laboral, el afectado(a) debe dar aviso a su jefatura directa a través de cualquier medio de comunicación. En caso de no estar en condiciones de dar aviso, debe hacerlo un compañero de trabajo o un testigo. La jefatura, una vez informada del accidente, debe informar a recursos humanos a los teléfonos: 226945856, 226945886 ó 226945834 para recibir orientación técnica sobre cómo proceder, de acuerdo a lo sucedido. Para más información revisa el procedimiento.

Procedimiento
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